23 Abr ¿Un ‘bonus’ por atrasar la jubilación? Las claves y trucos de la propuesta de Escrivá.
El ministro propone dar a elegir a quienes prolonguen su retiro por encima de la edad oficial entre cobrar cada mes la prima del 4% por cada año trabajado de más que la Seguridad Social lleva décadas aplicando o recibir en su lugar un pago único de 4.800 a 12.000 euros que tendrá mayor o menor rentabilidad para el pensionista en función de la fecha de fallecimiento.
Eduardo Bayona
El nuevo incentivo para retrasar la edad de jubilación es cualquier cosa menos nuevo. Aunque sí lo es la alternativa de cobrarlo mediante el denominado «pago único» que el ministro de Inclusión, José Luis Escrivá, presentó el lunes ante la Subcomisión del Pacto de Toledo del Congreso, un formato que puede, en función de diversos factores y condicionantes, tener mayor o menor rentabilidad para el pensionista y coste para el Estado y, también, resultar más o menos atractivo para el jubilado.
De lo que no se trata es de una prima o un bonus nuevo, como tampoco lo es la intención del Gobierno, en lo que no difiere de sus antecesores, de tomar medidas para «alinear» la edad de jubilación real con la teórica, que este año se sitúa en los 66 años salvo que se tengan 37 y tres meses cotizados, requisito con el que la Seguridad Social permite retirarse a los 65.
Esos 65 y 66 años distan entre medio año y un año y medio de los 64,52 en los que en 2020 se situó la edad media de jubilación, tres meses menor en el caso de los hombres y casi seis mayor en el de las mujeres, según indica el último Informe Económico y Financiero de la Seguridad Social.
Esa edad media de retiro se ha retrasado nueve meses en los últimos doce años, mientras que la teórica ha avanzado un año en ocho y lo hará en otro en los próximos seis. El Gobierno quiere ambas se aproximen el máximo, para lo que habrá dos referencias en 2027: los 65 años con 38 y medio cotizados y los 67 por debajo de esa carrera.
¿Qué es la «jubilación demorada»?
Otro eufemismo del espectro austeridad: cuanto más tarden los trabajadores en jubilarse más lo harán en pasar de aportadores de fondos a extractores de rentas y menos tiempo permanecerán, por razones biológicas obvias, en esta última situación. Promocionar el retraso de la jubilación es una manera, si no de cuadrar las cuentas, sí de atenuar su descuadre.
¿Eso es algo nuevo?
Para nada: la Seguridad Social lleva décadas primando a los trabajadores por jubilarse a una edad superior a la establecida en la ley. Actualmente, por cada año trabajado por encima de la fecha legal se añade a la base reguladora a partir de la que se calcula la pensión un 2% si se tienen cotizados hasta 25 años, un 2,75% para quienes disponen de entre 25 y 37 y un 4% para aquellos cuya carrera supera los 37. En todos los casos, siempre que se haya cotizado un mínimo de quince y dos de ellos en los últimos tres lustros.
¿Cuál es la novedad?
Hay varias. Una consiste en aplicar en todos los casos la prima del 4% por cada año de más para calcular la pensión; otra, en dar al perceptor la posibilidad de elegir entre cobrar ese recargo cada mes, recibir en su lugar un pago único a tanto alzado o aplicar un sistema combinado y, una más, proponer una cuantía mayor a quienes tengan cotizados más de 44 años y medio.
¿Y eso cómo sería en la práctica?
Los datos facilitados por el Ministerio de Inclusión indican que, para una pensión media, de 15.000 euros anuales, el beneficiario podría optar entre recibir un aumento del 4% por cada año trabajado de más (42,85 euros mensuales por año, 600 anuales) o cobrar la pensión ‘reglamentaria’ más un pago único al comienzo del retiro, que sería de 6.285,14 euros por ejercicio trabajado de más por con menos de 44 años y medio cotizados y de 6.913,65 para carreras más largas.
Para una pensión baja, de 9.569 euros anuales (catorce pagas de 683,50 brutos), el pago único sería de 4.786,27 o 5.264,89 por año de demora, y para la máxima, de 37.567 (2.683), de 10.963,74 o de 12.060,12.
¿El pago único sustitutorio supone más o menos dinero?
En términos cuantitativos, numéricos, eso depende de un factor incierto en el momento de tomar la decisión como es la duración de la vida del pensionista, que es el dato que permitiría calcular si resulta más rentable recibir los 4% mensuales o el pago único.
El INE (Instituto Nacional de Estadística) sitúa la esperanza de vida, a falta de la corrección oficial a la baja por la pandemia, en 83 años y siete meses (dos años y ocho meses más para las mujeres y casi dos y nueve menos para los hombres), con lo que en condiciones normales alguien jubilado a los 65 cobraría pensión dieciocho años y medio y alguien retirado a los 67, dieciséis y medio.
En esos supuestos, el pago sustitutorio resultaría netamente inferior, por debajo de la mitad en algunos casos, a la suma de las primas mensuales del 4%, aunque en caso de fallecimiento temprano ocurriría lo contrario.
¿Hay otros condicionantes para elegir?
Obviamente, sí: por ejemplo, que en el momento de tomar la decisión el pensionista prefiera disponer de dinero líquido para una inversión o gasto, ya sea adquirir una vivienda, financiar un tratamiento médico o saldar alguna deuda, que por la vía del ahorro le resultaría complicado reunir.
«Este modelo genera un incentivo teórico que puede resultar beneficioso para la persona y, al mismo tiempo, para el sistema», explica Octavio Granado, exsecretario de Estado de Seguridad Social y uno de los principales expertos del país en la materia, que destaca que Escrivá «ha logrado una propuesta visible sin modificar el sistema».
«Ese incentivo lleva décadas en el sistema sin haber saltado nunca a los titulares y como pago único lo ha logrado», añade. Se trata, sostuvo Escrivá, de una «mejora de los incentivos para prolongar la carrera profesional más allá de la edad ordinaria de jubilación (…) favoreciendo la máxima flexibilidad para cada persona».
¿Cuánta jubilación demorada hay?
La cifra de trabajadores que optan por retrasar su jubilación por encima de la edad reglamentaria no ha alcanzado los 15.000 en ninguno de los últimos seis años, un periodo en el que tampoco han llegado a alcanzar el 5% del total de los retiros.
Paralelamente, más de 52.000 autónomos, y otros 9.144 trabajadores de otros regímenes se encontraban a mediados del año pasado en una situación de jubilación activa, que permite desarrollar la actividad profesional el 50% de la jornada y recibir al mismo tiempo la mitad de la pensión. De ellos, 14.920 percibían el 100% por tener trabajadores a cargo.
¿Y retiro anticipado?
Por el contrario, más de un tercio de los trabajadores se retira antes de llegar a la edad de jubilación, una tasa que el Gobierno, como los anteriores, está empeñado en reducir para equilibrar las cuentas de la Seguridad Social. Entre 2015 y 2019 su número se movió en una horquilla de los 121.479 a los 142.114, de un total de 288.891 a 327.716.
La gran mayoría de ellos, en torno a dos terceras partes de quienes adelantan esa decisión, lo hace con pérdidas en su pensión por no alcanzar la edad legal mientras otro 25% opta por el retiro parcial o modalidades como los relevos.
Sin embargo, el hecho de que algo más de la mitad de los primeros salga del mercado laboral de forma voluntaria no suele responder a una elección libre sino que en la mayoría de los casos se produce forzada por haber caído en una situación de desempleo en unas edades en las que la vuelta al empleo resulta más que complicada.
¿Con cuántos años cotizados se jubilan los españoles?
La media se acerca ahora a los 38 años. Los datos de la Seguridad Social indican que casi dos tercios (63,52%) de los jubilados se retiraron con más de 35 años cotizados, situación que en 2019 se daba en más de siete de cada diez (71,15%) nuevos pensionistas por retiro.
La tasa alcanzó el 72,32% entre los trabajadores por cuenta ajena y el 65,68% entre los autónomos que se jubilaron el año pasado. Menos de la mitad (47,54%) de los profesionales superan la cota de los 35 años en el conjunto de los jubilados de ese régimen, lo que revela un cambio de tendencia en los últimos ejercicios.
¿Y qué pasa con los años cotizados de más?
No tienen efectos para incrementar la pensión por demorar la jubilación, ya que las primas del 2% al 4% se aplican una vez se supera la fecha legal con independencia de los años trabajados, y solo cuentan para elevar la base reguladora y la prestación cuando superan los 25 años que se utilizan como periodo base con el límite en los 35.
Esa es una de las reivindicaciones históricas de colectivos como Asjubi40, que representa al más de medio millón de jubilados que sufren mermas en sus prestaciones, a menudo de más del 20%, pese a contar con carreras de cotización de más de cuatro décadas.