03 Jun Sobrevivir con 550 euros al mes, una proeza para casi medio millón de pensionistas no contributivos.
Los jubilados asistenciales solo cobran 516 € en abril: la gran mayoría son mujeres mayores de 70.
2024. 65Ymás
Pepa Montero
Casi medio millón de pensionistas, que no han cotizado los 15 años mínimos que exige la Seguridad Social, se ven obligados a sobrevivir cada mes con una paga media en torno a los 550 euros. Se trata de los 452.203 pensionistas no contributivos existentes en España, cuya gestión corresponde a los órganos competentes de cada comunidad autónoma y a las direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso @Imserso) en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Son prestaciones económicas que se conceden a los ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para subsistir en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Existen son modalidades: pensiones de jubilación, las más numerosas, que son las que reciben 280.034 personas, y pensiones de invalidez, con 172.169 perceptores, de acuerdo a las estadísticas oficiales del Imserso de abril de 2024.
Ambos tipos de prestaciones tienen una cuantía ínfima: 516,9 euros al mes en el caso de las pagas de jubilación, frente a los 568 euros mensuales que ingresan al mes, en promedio, los titulares de invalidez. Por lo tanto, el importe medio conjunto de las dos clases de pensiones no contributivas apenas llega a los 550 euros al mes.
Nómina inferior a la de marzo
La cuantía media mensual abonada a cada jubilado no contributivo en abril se sitúa en los citados 516,92 euros (inferior a la nómina de marzo, que en promedio fue de 522,98 euros), con un coste de 144,75 millones de euros para las arcas del Estado, puesto que estas prestaciones se abonan con cargo a los Presupuestos Generales de cada ejercicio (y no se pagan con cotizaciones de la Seguridad Social).
La razón de esta oscilación a la baja, tanto del importe de las pensiones como del coste de las mismas, obedece a que cada mes varía la cifra de pensionistas, y pese a la existencia de una cuantía general, las nóminas individuales dependen, por ejemplo, de si la persona no está integrada en una unidad económica, si lo está, o si existe más de un beneficiario integrado en la misma unidad económica.
En cuanto a las pensiones de invalidez asistencial, en el mes de abril tienen un importe medio algo superior a las de jubilación, en concreto, los mencionados 568 euros (573,5 euros en marzo), debido a que más de 35.000 beneficiarios cobran el plus del 50% por necesidad de otra persona, que establece la ley.
Su coste en el cuarto mes del año ha ascendido a 97,8 millones de euros, tal como cuantifica el Imserso (ver gráfico inferior).
Mujer y mayor de 70, perfil tipo del jubilado asistencial
Las bajísimas cuantías de estas pensiones las soportan sobre todo las mujeres, tal como muestran las estadísticas del Imserso, según las cuales, el perfil del pensionista no contributivo de jubilación es predominantemente el de una mujer española, con una edad comprendida entre 70 y 74 años, que vive sola o en una unidad de convivencia integrada por 2 y 3 personas,
Asimismo, entre los titulares de pagas de invalidez asistencial, la mayoría son mujeres que viven solas o en una unidad de convivencia integrada por 2 y 3 personas, acreditando un grado de discapacidad valorado entre el 65% y 74% y que presenta preferentemente discapacidades de tipo psíquico.
Pagas ínfimas, pese a subir más que la media
La muy baja cuantía de estas pagas de jubilación es la realidad, más cruda si cabe, si se tiene en cuenta que se produce después de haber experimentado una revalorización del 6,87% en 2024, y haber subido otro 15% en 2023, que es un porcentaje de aumento bastante superior al que tuvieron el año pasado las pensiones de la Seguridad Social (el 8,5% con carácter general).
Hay que recordar que en 2023, el Gobierno incrementó las pensiones no contributivas en mayor medida que el resto, con el objetivo de paliar los efectos de la fuerte crisis provocada por el COVID-19, por la guerra en Ucrania y la inflación disparada, que sufrieron sobre todo los ciudadanos de menores rentas.
Lo mismo sucede con los pensionistas de invalidez no contributiva, cuyas nóminas rondan los 568 euros mensuales y a quienes se les han aplicado las mismas revalorizaciones que a los jubilados asistenciales, tanto en 2024 como en 2023
Cuantía general: 7.250,6 euros anuales en 2024
El importe de las pensiones no contributivas de invalidez y jubilación es de 7.250,6 euros anuales, que son el resultado de aplicar a la cuantía de 2023 el porcentaje de revalorización general de las pensiones (del 3,8%), más el incremento adicional previsto para 2024 en la disposición adicional quincuagésima tercera de la Ley General de la Seguridad Social, para reducir en un 20% la brecha respecto al umbral de la pobreza actualizado de un hogar unipersonal. Al mes, sus titulares ingresan 517,9 euros de media.
Sin embargo, quienes únicamente tengan derecho a cobrar la paga mínima asistencial, por no cumplir el requisito de renta (o los restantes), tan solo reciben 1.812,65 euros anuales, o lo que es lo mismo, 129,48 euros al mes (ver tabla inferior).
Durante todo 2024, además, se mantiene vigente el complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada (establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023), en una cuantía de 525 euros anuales.
Requisitos para cobrar una pensión asistencial
En primer lugar, la persona debe demostrar que carece de ingresos suficientes. En 2024, se entiende que existe carencia, cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 7.250,6 euros.
Además, dependiendo de la modalidad de prestación, existen estas condiciones:
1.- Pensiones de jubilación:
– Tener 65 años o más.
– Residir legalmente en territorio español, y haberlo hecho durante 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de solicitud de la pensión, de los que 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
2.- Pensiones de invalidez:
– Edad entre 18 años y 65 años.
– Residir legalmente en territorio español, y haberlo hecho durante 5 años, de los que 2 han de ser consecutivos, e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión no contributiva.
– Poseer una discapacidad del 65% o superior.