Renta 2023: La Agencia Tributaria atenderá a los mayores de 65 años en pequeños municipios.

Renta 2023: La Agencia Tributaria atenderá a los mayores de 65 años en pequeños municipios.

La Agencia Tributaria pondrá en marcha a partir del 7 de mayo un plan especial para atender por videoasistencia en los ayuntamientos de pequeños municipios a las personas mayores de 65 años que residan en medio millar de pequeños municipios, que podrá solicitarse con cita previa.

2024. Expansión

Marga Castillo

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La Agencia Tributaria abrió el pasado 3 de abril el plazo para presentar por internet la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2023 (IRPF 2023).

La Campaña de Renta podrá en marcha a partir de mayo un plan especial de asistencia en la confección y presentación de la declaración específicamente destinado a personas mayores de 65 años que residen en pequeños municipios de la geografía española.

El plan comenzará el 7 de mayo, con solicitud de cita a partir del 29 de abril, y alcanzará a mayores residentes en más de 500 municipios de las 46 provincias del territorio común.

Para la selección de estos municipios (el listado de localidades estará accesible en la Sede electrónica de la Agencia) se ha tomado como referencia que, en general, se trate de poblaciones de menos de 3.000 habitantes que no dispongan de un centro de la AEAT, CCAA o ayuntamiento que preste servicio de asistencia en campaña.

En estos municipios, y gracias a la colaboración y medios técnicos dispuestos por los ayuntamientos, los mayores de 65 años que reserven cita serán atendidos por personal de la Agencia Tributaria mediante videoasistencia, de manera que recibirán la misma atención personalizada que cualquier otro contribuyente, pero en las instalaciones puestas a disposición por su ayuntamiento y, por tanto, sin la necesidad de realizar desplazamientos hasta el punto de atención habitual más cercano.

Con este plan especial, del que se dará difusión mediante carteles y folletos en los municipios incluidos en el plan, la Agencia Tributaria pretende «avanzar en un modelo de asistencia al ciudadano que combine todas las modalidades de atención al público en función de cada servicio y de la disponibilidad de cada momento, manteniendo hacia el colectivo de personas mayores una especial sensibilidad en línea con el protocolo firmado con la Plataforma de Mayores y Pensionistas».

En ese mismo sentido, se ha actualizado para la presente campaña el apartado de la Sede electrónica para personas mayores, que incluye el folleto de servicios de ayuda, el folleto breve de información y el manual más amplio con la normativa de IRPF que puede resultar de mayor interés para este colectivo.

Hacienda recuerda también a los contribuyentes que este año hay otras medidas no presenciales para no tener que desplazarse, tales como la versión ampliada en contenidos del ‘asistente virtual‘ de Renta que se puso en marcha en la campaña anterior.

Si las respuestas del ‘asistente virtual’ no contienen toda la información requerida, el contribuyente puede acceder al ‘Informador‘ de Renta, con toda la información estructurada por bloques de contenido, o conectarse por chat con especialistas de la Administración Digital Integral (ADI) de 9:00 a 19:00 horas.

Hacienda gestionará este año unas 23.281.000 declaraciones, un 1,2% más respecto a la campaña anterior, de las cuales se espera que 14.614.000, casi un 63%, den derecho a devolución por un importe global estimado de 11.650 millones de euros.

Por su parte, los contribuyentes con declaraciones a ingresar (según lo previsto, 7.092.000 declaraciones por importe de 18.908 millones de euros) de igual forma que en años anteriores no tendrán que realizar los primeros pagos hasta el final de la campaña.

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite se ha elevado a 15.000 euros anuales.