Renovar el carnet de conducir a partir de los 70

Renovar el carnet de conducir a partir de los 70

La única diferencia que establece Tráfico para los conductores mayores de 70 años radica en el tiempo de vigencia del carnet de conducir, que es de 5 años en lugar de 10 años y no se cobran tasas por la renovación.

Sara Benjelali

La esperanza de vida en la sociedad española ha ido aumentando cada año, vivimos más años y en mejores condiciones, lo cual nos permite mantener ciertas actividades, como la conducción.

Tráfico no establece ninguna normativa adicional para los conductores mayores de 70 años que quieren renovar su carnet de conducir, siendo el reconocimiento médico el mismo para todo tipo de conductor con independencia de su edad, a saber: valoración psicotécnica, de la capacidad visual, estudio de la audición y del estado en general. La única diferencia que establece tráfico para los conductores mayores de 70 años radica en el tiempo de vigencia del carnet de conducir, por un lado el tiempo de vigencia del carnet es de 5 años en lugar de 10 años y no se cobran tasas por la renovación.

Si bien la Dirección General de Tráfico no limita la renovación del permiso de conducción, sí que ha reconocido que a partir de los 55 años las capacidades audiovisuales y de reacción se reducen, optando por aplicar restricciones temporales por enfermedad a los conductores mayores. Cabe destacar por otro lado, que este tipo de conductores dispone de una dilatada experiencia en la carretera y suelen extremar la prudencia. Otros países como Dinamarca prohíbe conducir si se tiene más de 70 años y otros como Irlanda prohíben el alquiler de vehículos a motor a mayores de 70 años.

Sin embargo, considero que la edad no debería de ser un criterio limitativo para la conducción sino la pérdida de facultades, se tenga la edad que se tenga. Los conductores entre 70-75 años son un grupo que apenas se ve implicado en accidentes de tráfico como causantes de los mismos, sin bien sí son un grupo de edad vulnerable, pues sus posibilidades a sobrevivir a un accidente de tráfico se reducen en relación al resto de conductores de edades inferiores.

¿Qué soluciones se barajan para solucionar la vulnerabilidad de estos conductores? La Memoria del Fiscal General del Estado, la Fiscalía ha propuesto modificar la Ley de Seguridad Vial a fin que permitir comunicar los datos clínicos entre los facultativos y/o centros médicos y autoridades de tráfico, para detectar la pérdida de aptitudes. Ello plantea un serio problema relativo a la restricción de cesión de datos sanitarios, siendo preciso además resolver los problemas que pudieran derivar de la Agencia Española de Protección de Datos.

La cuestión fue planteada a la AEPD, quien se pronunció al respecto remitiéndose a una consulta anterior sobre la misma cuestión de fecha 31 de agosto de 2012; aunque ello no impide que desde la Fiscalía adscrita al Fiscal de Sala coordinador de seguridad vial, se intente nuevamente acceder a dichos datos.

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