Qué grado de discapacidad se necesita para cobrar una pensión.

Qué grado de discapacidad se necesita para cobrar una pensión.

No todas las personas con discapacidad tienen derecho a pensión, solo aquellas cuyo grado es elevado.

Merche Borja

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La inserción laboral de las personas con discapacidad sigue siendo una de las grandes asignaturas pendientes de este colectivo. Para las que no logran un empleo, ya sea porque su discapacidad les impide hacerlo o por otro tipo de barreras, el Estado contempla una pensión para que puedan tener algún tipo de ingreso que les permita subsistir.

Sin embargo, no todas las personas que tienen reconocido algún grado de discapacidad ni en todas las circunstancias tienen acceso a ese derecho, sólo las que tienen reconocido un porcentaje significativo o que cumplen una serie de requisitos.

Además, en general, las pensiones no contributivas, a las que se puede acceder cuando no has cotizado o no lo has hecho los años suficientes, aunque han subido un 15%, suelen ser bastante escasas y no permiten, en muchos casos, llevar una vida realmente independiente.

Desde qué porcentaje se puede solicitar la pensión

Para poder recibir una pensión por discapacidad no basta con tener reconocido algún porcentaje de discapacidad, sino que es necesario tener un grado elevado. Concretamente, solo tienen derecho a cobrar una pensión por discapacidad aquellas personas que tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Además, para cobrar una pensión no contributiva de invalidez es necesario que:

• Estén en edad de trabajar, es decir, que tengan entre 18 y 65 años.

• No hayan cotizado lo suficiente para cobrar una pensión contributiva.

• Residan legalmente en España durante, como mínimo, 5 años. Dos de ellos tienen que ser inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.

• Tener unos ingresos máximos anuales personales de 6.784,54 € anuales, cifra que se puede elevar considerablemente en función de los miembros de la unidad familiar, hasta más de 45.000, por ejemplo, en familias de cuatro miembros o más.

¿Qué pasa si el grado de discapacidad es inferior al 65%?

En caso de tener un grado de discapacidad reconocido que no llegue al 65%, estas personas no tendrán derecho a pensión, pero sí es posible que lo tengan a otras ayudas. Por ejemplo, si cumplen los requisitos para recibirlo, pueden tener acceso al Ingreso Mínimo Vital.

Además, aunque no tengan reconocido el derecho a tener una pensión por discapacidad, sí pueden acceder a algunas ventajas económicas y fiscales, como una rebaja del IRPF, reducciones de cuotas de la seguridad social, facilidades para acceder a una vivienda protegida, reserva de plazas de oposiciones, facilidades para obtener el título de familia numerosa, reducción o eliminación de tasas o impuestos… Estas medidas, aunque no den derecho a una pensión, están destinadas a paliar, de alguna manera, la falta o merma de ingresos que supone en muchos casos tener una discapacidad.

También se les permite, en algunos casos, prejubilarse antes. Para poder hacerlo, la discapacidad tiene que estar entre el 45 y el 64% y tienen que haber cotizado, al menos, 15 años, cinco de ellos trabajados con la discapacidad reconocida. Si cumplen estos requisitos, podrán prejubilarse hasta nueve años antes, a los 56 años, sin penalización, es decir, cobrando el 100% de su pensión. Esto sería aplicable, por tanto, solo en caso de pensiones contributivas, de jubilación, no de discapacidad.

Las personas que con menos de ese 45% no pueden tampoco acceder a pensión ni prejubilación, pero sí a la modalidad de jubilación parcial con contrato de relevo tras cotizar 25 años. La población general (sin discapacidad o una inferior al 33%) solo puede acceder a esta modalidad habiendo cotizado 33 años.

Cuánto cobran de pensión

La cuantía de las pensiones que reciben las personas con discapacidad depende de muchos factores. En primer lugar, de si son contributivas o no contributivas, y, en caso de ser contributivas, del tipo de incapacidad, de la base reguladora y de si tienen cónyuges a cargo.

Así, con la subida del 15% de las pensiones no contributivas, en 2023, las personas con discapacidad cobran una pensión de 484,61 euros al mes o de 726,90 euros al mes si su discapacidad es superior al 75%, pues cuando la discapacidad alcanza este porcentaje, la pensión no contributiva se eleva en un 50%.

En cuanto a las contributivas, si es por Incapacidad permanente total, se calcula en base al 55% de la base reguladora -un 20% más a partir de los 55 años-; si es por Incapacidad permanente absoluta, del 100% de la base reguladora; y si es de Gran invalidez, se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.

La cantidad resultante se verá incrementada en caso de no tener cónyuge o de que si este es a cargo. Además, siempre tienen un mínimo. En caso de Gran invalidez es de 1.114,83 euros al mes y de Incapacidad Permanente, total o absoluta, de 692,44.



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