10 May Novedades de la renta 2023: se tributan las ayudas del Gobierno y ser madre trabajadora sale a devolver.
El bono joven del alquiler, el cultural y el cheque de 200 euros tributan en el IRPF por ganancia patrimonial.
Pepe García
Ha llegado el momento, como cada año, de saldar cuentas con Hacienda. Este martes comienza la campaña para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a través de internet, el 5 de mayo se podrá realizar vía telefónica y desde el 1 de junio se abrirá la modalidad presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria hasta el 30 de junio, cuando se cierra el plazo para presentar la declaración. Los rendimientos sujetos a tributación son los generados en 2022, por lo que ya no queda espacio de maniobra para tratar de que la declaración sea lo más ventajosa posible, pero la misma puede traer sorpresas derivadas del disfrute de alguna de las múltiples ayudas del Gobierno o por haber sido madre durante el año pasado.
En concreto, la Agencia Tributaria ha especificado que tanto el cheque único de 200 euros por bajo nivel de ingresos, el dinero utilizado del bono cultural joven, valorado en hasta 400 euros, y el bono de alquiler joven de 250 euros al mes se consideran ganancias patrimoniales que tributan en el IRPF. No obstante, para los dos primeros casos Hacienda estima que si un contribuyente obtiene exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a 22.000 euros anuales y recibe estas ayudas, al ser por un importe inferior a 1.000 euros anuales, no está obligado a presentar declaración. Para la subvención al alquiler, el fisco indica que aquellos beneficiarios en situación de vulnerabilidad también estarán exentos de su tributación.
Por otro lado, quienes hayan sido madres recientemente podrán deducirse hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, siempre y cuando en el momento del nacimiento la madre percibiera una prestación contributiva o de desempleo. También podrán descontarse del IRPF los 100 euros al mes (1.200 anualmente) aquellas madres que tras dar a luz estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad, en este último caso con un mínimo de 30 días cotizados.
El importe se podrá aumentar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el beneficiario de la desgravación hubiera tenido gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Además de 2022, los años 2021 y 2020 también podrán ser deducibles por parte de las madres, que dispondrán de una casilla específica en Renta WEB.
Ayudas agrarias
Las ayudas del Gobierno y la prórroga a la desgravación no son las únicas novedades. Durante 2022 los elevados precios energéticos han afectado a un amplio abanico de sectores, especialmente al agrícola, debido a su exposición a los costes de piensos, combustibles y fertilizantes que se han encarecido notablemente. En este caso, en la próxima declaración las actividades agrícolas y ganaderas podrán reducir hasta un 35% el precio de la adquisición del gasóleo agrícola y en un 15% la de fertilizantes. En ambos casos, la compra de estos insumos se deben haber efectuado en el ejercicio 2022 y figurar documentadas en facturas emitidas en dicho período.
Grandes fortunas
A diferencia del impuesto a la banca y energéticas, este año sí que aplicará el gravamen a las grandes fortunas. El Gobierno estableció en diciembre que quienes tengan un patrimonio neto superior a 3 millones de euros tendrán que abonar anualmente el equivalente al 1,7% de su riqueza, para los patrimonios situados entre 3 y 5 millones de euros; el 2,1%, en el caso de los patrimonios de entre 5 millones y 10 millones, y el 3,5%, para patrimonios superiores a 10 millones de euros. Sin embargo, esta medida tan solo afectará al 0,2% de los contribuyentes.
Se reducen las bases de los planes de pensiones
Las aportaciones personales a sistemas de previsión social, como los planes de pensiones, se reducirá desde los 2.000 a los 1.500 euros anuales. Sin embargo, los planes de pensiones empresariales han sido aumentados desde los 8.000 a los 8.500 euros, por lo que el monto total no baja de los 10.000 euros de desgravación.
Mínimos personales en Andalucía, Galicia, Valencia y Madrid
Andalucía, Galicia, y la Comunidad Valenciana han establecido por primera vez para 2022 las cuantías correspondientes al mínimo del contribuyente y a los mínimos por descendientes, ascendientes y discapacidad, cuyas tablas se pueden consultar aquí. Asimismo, la Comunidad de Madrid, que tenía aprobados importes del mínimo por descendientes, pasa a regular la totalidad de los importes correspondientes al mínimo del contribuyente, mínimos por descendientes, por ascendientes y por discapacidad.
Obras de eficiencia energética
En la presente campaña se prorroga un año el plazo para deducirse las obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. En este caso, el contribuyente puede restar hasta un 20% del precio de las obras ejecutadas hasta el 31 de diciembre de 2022 sobre una base máxima de 5.000 euros si la obra realizada reduce al menos un 7% la demanda de calefacción o refrigeración. También, para obras mayores, el declarante podrá desgravarse hasta un 40% de las obras de hasta 7.500 euros, que reduzcan en un 30% el consumo de energía no renovable.
Viviendas turísticas
Dentro del apartado de los rendimientos del capital inmobiliario, el fisco ha incluido la obligación de informar de la cesión de uso de vivienda con fines turísticos.
Deducciones en La Palma
Debido a las consecuencias de las erupciones volcánicas ocurridas en la isla de La Palma, los contribuyentes que desarrollen sus actividades económicas en esta isla podrán reducir su rendimiento neto de módulos en un 20%, reducción que se aplicará tanto en 2022 como en 2023. Además, también habrá una reducción general que se eleva del 5% al 15% sobre el rendimiento neto de módulos obtenido en el periodo impositivo 2022 por los contribuyentes en estimación objetiva.