Las prestaciones vinculadas al servicio se gravarán con el IVA superreducido del 4%

Las prestaciones vinculadas al servicio se gravarán con el IVA superreducido del 4%

Servimedia (22/07/2010)

Los beneficiarios de la Ley de Dependencia que contraten servicios como los residenciales o de atención a domicilio con dinero concedido por el Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (SAAD), pagarán por ellos el IVA superreducido, del 4%, y no el reducido, del 8%, como hasta ahora, según ha aprobado en Pleno el Congreso de los Diputados.

La modificación afectará, concretamente, a las llamadas prestaciones vinculadas al servicio, es decir, a los servicios que el SAAD recomienda a los usuarios pero que ellos, por las razones que sea, no pueden contratar en la red pública y deben pagar con dinero concedido por el Sistema de Dependencia.

Puesto que algunos sectores sociales consideraban injusto que a un mismo servicio, una plaza residencial, por ejemplo, se le aplique un IVA del 4% o del 8%, en función de si la contrata la Administración o lo hace el propio usuario, aunque sea con dinero público, PSOE y CiU acordaron modificar esta situación.

Y lo hicieron introduciendo una enmienda en el proyecto de ley por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, aprobada definitivamente en el Congreso de los Diputados.

En concreto, el texto al que el Congreso ha dado luz verde habla de aplicar el IVA del 4% a los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y de noche y atención residencial contemplados en la Ley de Dependencia.

Eso sí, se les aplicará el IVA superreducido «siempre que se presten en plazas concertadas en centros o residencias o mediante precios derivados de un concurso administrativo adjudicado a las empresas prestadoras, o como consecuencia de una prestación económica vinculada a tales servicios, que cubra más del 75% de su precio».

Más información
Ley de Dependencia en el SID

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