07 Ago La nueva paga de 50 euros que se puede cobrar por hijo.
El complemento mensual de ayuda a la infancia (API) sustituye a la antigua prestación por hijo a cargo para las familias con rentas bajas.
Iratxe Bernal
El año que viene, entrará en vigor la ayuda directa de 200 euros al mes por hijo menor de tres años a cargo aprobada este mes por el Gobierno vasco. La podrán cobrar familias que no superen una renta estandarizada de 100.000 euros y será compatible el complemento mensual de ayuda a la infancia (API) que desde este año sustituye a la antigua prestación por hijo a cargo y ofrece una ayuda de entre 50 y 100 euros mensuales por cada menor a perceptores del IMV, pero también a familias con rentas bajas que no cumplan los requisitos del IMV y hogares que estén dentro del programa de Protección Familiar o que recibieran la antigua prestación por hijo a cargo.
La cuantía de la ayuda estatal vendrá determinada por la edad de los menores el 1 de enero de 2022. En concreto, será de cien euros mensuales por cada niño menor de tres años; 70 por cada niño entre tres y seis años; y de 50 euros para aquellos que tengan entre seis y 18 años. Si ya se recibía la antigua prestación por hijo a cargo y dado que ambas ayudas son incompatibles, la Seguridad Social optará por la más alta.
Para recibir la ayuda, la unidad de convivencia del menor debe tener unos ingresos anuales y un patrimonio neto inferiores a los determinados para su tipo de hogar. A continuación, te detallamos los umbrales de ingresos y patrimonio, pero para saber si tienes derecho a este nuevo complemento también puedes utilizar el mismo simulador la Seguridad Social para averiguar si se puede percibir el IMV y al que puedes acceder en este enlace.
Límite de ingresos para recibir la ayuda a la infancia en 2022
Para calcular estos límites hay que saber que se tienen en cuanta los salarios, los rendimientos de actividades económicas (autónomos), las ganancias patrimoniales (por vender una propiedad, por ejemplo), lo que se cobre por tener un inmueble arrendado y las pensiones y prestaciones del tipo que sean. No se tiene en cuenta, en cambio, lo percibido como becas para estudios o como ayudas de vivienda.
Teniendo en cuenta esto, las familias no podrán superar el 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar, lo que se traduce en estos límites:
-Familias formadas por un adulto y un menor, 23.008,44 euros anuales.
-Un adulto y dos menores, 28.318,08 euros anuales.
-Un adulto y tres menores, 33.627,72 euros anuales.
-Un adulto y cuatro o más menores, 38.937,36 euros anuales.
-Dos adultos y un menor, 28.318,08 euros anuales.
-Dos adultos y dos menores, 33.627,72 euros anuales.
-Dos adulos y tres o más menores, 38.937,36 euros anuales.
-Tres adultos y un menor, 33.627,72 euros anuales.
-Tres adultos y dos o más menores, 38.937,36 euros anuales.
-Cuatro adultos y un menor, 38.937,36 euros anuales.
-Hogares donde haya menores que no encajen en las categorías anteriores, 38.937,36 euros anuales.
Límites patrimoniales para recibir la ayuda a la infancia en 2022
El patrimonio neto es la suma de todos los activos (propiedades) menos la suma de sus pasivos (responsabilidades). Coincide con la base imponible cuando se hace declaración de patrimonio. Las familias no podrán superar el 150% del umbral de patrimonio establecido para su tipo de hogar sin contar el valor de la vivienda (siempre que ésta no alcance el máximo establecido para los activos no societarios para la unidad de convivencia), lo que se traduce en estos límites:
-Familias formadas por un adulto y un menor, 37.167,48 euros
-Un adulto y dos menores, 47.786,76 euros
-Un adulto y tres o más menores, 58.406,04 euros
-Dos adultos y un menor, 47.786,76 euros
-Dos adultos y dos menores, 58.406,04 euros
-Dos adulos y tres o más menores, 69.025,32 euros
-Tres adultos y un menor, 58.406,04 euros
-Tres adultos y dos o más menores, 69.025,32 euros
-Cuatro adultos y un menor, 69.025,32 euros
-Hogares donde haya menores que no encajen en las categorías anteriores, 69.025,32 euros
Cómo solicitar la ayuda a la infancia
Quienes perciban el IMV (o lo estén tramitando) la recibirán sin necesidad de realizar una nueva solicitud. En cambio, quienes no lo perciban deberán solicitarla a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) acreditando encontrarse en situación de vulnerabilidad económica. Esta vulnerabilidad se determinará teniendo en cuenta el nivel de renta de 2021.
La tramitación es idéntica a la del IMV. La puedes hacer entregando (o solicitando) este impreso en las oficinas de la Seguridad Social o telemáticamente a través de este enlace. Si optas por hacerlo a través de Internet, aquí verás cómo identificarte sin necesidad de certificado digital o cl@ve.