La accesibilidad universal, el concepto clave para inclusión de las personas con discapacidad.

La accesibilidad universal, el concepto clave para inclusión de las personas con discapacidad.

La accesibilidad universal es una condición que se debe de cumplir para que las personas con discapacidad no sean discriminadas.

2024. TodoDisca

Manuel Ruiz Berdejo López

Enlace página oficial

Las personas con discapacidad en multitud de ocasiones se encuentran con barreras que le impiden disfrutar plenamente. Por ello, los gobiernos, empresas y demás trabajan con el objetivo de que la sociedad sea inclusiva y accesible para todas las personas, cobrando vital importancia el concepto de accesibilidad universal. 

Desde el Boletín Oficial del Estado (BOE) definen la accesibilidad universal como «la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible».

Además, explican que «en la accesibilidad universal está incluida la accesibilidad cognitiva para permitir la fácil comprensión, la comunicación e interacción a todas las personas. La accesibilidad cognitiva se despliega y hace efectiva a través de la lectura fácil, sistemas alternativos y aumentativos de comunicación, pictogramas y otros medios humanos y tecnológicos disponibles para tal fin. Presupone la estrategia de ‘diseño universal o diseño para todas las personas», y se entiende sin perjuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse’».

Las medidas específicas para garantizar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal se aplicarán en los siguientes ámbitos:

  • Telecomunicaciones y sociedad de la información.
  • Espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación
  • Transportes
  • Bienes y servicios a disposición del público
  • Relaciones con las administraciones públicas, incluido el acceso a las prestaciones públicas y a las resoluciones administrativas de aquellas
  • Administración de justicia
  • Participación en la vida pública y en los procesos electorales
  • Patrimonio cultural, de conformidad con lo previsto en la legislación de patrimonio histórico, siempre con el propósito de conciliar los valores de protección patrimonial y de acceso, goce y disfrute por parte de las personas con discapacidad
  • Empleo