06 Mar Guía de ayudas para las familias numerosas y personas con discapacidad
* Desde el 3 de febrero pueden solicitarse presencialmente
* Son compatibles con otras subvenciones aprobadas
GABRIEL RICO – MADRID
Si tenéis más de dos bocas que alimentar, disponéis de un carné acreditativo que lo confirme y, además, tenéis la suerte de estar desempeñando una actividad que os reporte una tributación; (en teoría) estáis de suerte, padres.
Este nuevo año ha comenzado cargado de novedades que benefician a las familias numerosas. Con la entrada en vigor de la reforma fiscal desde el 1 de enero de 2015, ya es posible la solicitud de las deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Esta medida trae consigo nuevas ayudas para este tipo de familias, así como para personas con discapacidad. Se trata de un ingreso «extra» en los bolsillos, amén de los beneficios estatales y autonómicos de los que ya se pueden lucrar.
En España actualmente, según el censo de 2013 sobre los títulos de familias numerosas concedidos por categoría y número de hijos, existen un total de 553.458 familias numerosas. Desglosando esta cifra, 474.651 son familias sin hijos discapacitados, mientras que 78.807 tienen hijos con discapacidad. Buena parte de esas unidades familiares se podrán beneficiar de estas nuevas deducciones impuestas por el Gobierno.
Cambian las cuantías
Además de cambiar las cuantías percibidas con respecto al año anterior, se añade la posibilidad de que éstas puedan ser cobradas de manera mensual.
Estas subvenciones pueden solicitarse de manera presencial en cualquier oficina de Hacienda desde el 3 de febrero previa cumplimentación en la web de la Agencia Tributaria, impresión y firma de todos los solicitantes.
No obstante, desde el 7 de enero está disponible una ruta virtual alternativa en la página web de la Agencia Tributaria, donde el usuario deberá presentar una solicitud modelo 143 por cada una de las deducciones a las que tenga derecho, mediante el DNI electrónico, el sistema PIN24H o Cl@ve.
Compatibles con otras ayudas
Estas nuevas subvenciones son compatibles con otras ayudas también aprobadas en esta legislatura, como pueden ser las concedidas a las propias familias con personas menores o dependientes con discapacidad a su cargo, con una bonificación de 1.200 euros por cada caso. Asimismo, también son compaginables con las ayudas que ya existían para madres trabajadoras con hijos menores de tres años.
Pero no es oro todo lo que reluce. Si bien es un tipo de deducción que se ha insertado en el seno de una reforma fiscal, sólo podrán disfrutar de ésta las familias cuyos miembros tengan que hacer la declaración de la renta, o lo que es lo mismo, las familias cuyos miembros tributen a la Seguridad Social.
Bajo esta condición, por ende, se tira del avión sin el paracaídas económico a aquellos que no alcanzan los mínimos exigidos para poder tributar. Aquellos que, casi con toda seguridad, sean los que más lo necesiten.
Listado de subvenciones
Las familias españolas, como ya se ha dicho, tienen derecho a numerosos abaratamientos y ayudas públicas. Son las prestaciones estatales, autonómicas o locales. Con respecto a los beneficios autonómicos y locales, éstos son los que establece la propia Administración de la Comunidad Autónoma o ayuntamiento del municipio, y varían por cada región.
BENEFICIOS ESTATALES
Nuevas ayudas en el IRPF
* 1.200 euros anuales por cada descendiente (hijo) o ascendiente (padre o madre) con discapacidad y por familia numerosa. Se duplicará el importe llegando a los 2.400 euros para el caso de las familias numerosas de categoría especial (cinco o más hijos). En mensualidades, serán de 100 y 200 euros respectivamente si se pide su abono anticipado, en lugar de hacerse efectivas en la declaración del IRPF de 2015.
Contratación de cuidadores en las familias numerosas
* Se pagará sólo el 65% de la Seguridad Social del empleado (descuento del 45%). En familias de carácter general (tres y cuatro hijos) el requisito fundamental es que los padres trabajen fuera del hogar. En las de categoría especial (a partir de cinco hijos) no se exige esta condición.
Prestaciones familiares de la Seguridad Social
* Se incrementa el límite de ingresos para tener derecho a la asignación económica de la Seguridad Social por hijo a cargo menor de 18 años.
Conservación de situaciones laborales
* Se ha ampliado el periodo considerado como cotizado, así como el de reserva del puesto de trabajo en el supuesto de haber pedido la excedencia para el cuidado de los hijos. En concreto, se ha aumentado a 20 días para los padres de familias numerosas.
Educación
* Preferencia en la concesión de becas, así como en las convocatorias de ayudas para la adquisición de libros y material didáctico; preferencia en la admisión en centros educativos preescolar y centros docentes sostenidos con fondos públicos. También las familias pueden disfrutar de una reducción del 50% (para la categoría general) o exención o 100% (para la categoría especial) de tasas y precios públicos. Por último, podrán solicitar el subsidio por necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad para el transporte y comedor.
Vivienda
* Se produce una mejora de las condiciones para poder acceder a las ayudas financieras; se ofrecen subsidios para la promoción y adquisición de viviendas protegidas o usadas; también se facilita el cambio a otra vivienda protegida de mayor superficie; ayudas para la adaptación de la vivienda en casos de discapacidades; y preferencia en el contrato de alquiler del Plan Estatal de Vivienda.
Descuentos en transportes
* Las familias numerosas tendrán derecho a una reducción del 20% o 50% en las tarifas del transporte por carretera, ferrocarril y marítimo, así como disfrutarán también de bonificaciones en el transporte aéreo nacional. En concreto, la reducción será del 5% y el 10%. Por su parte, la Comunidad de Madrid, ofrece también descuentos en su «Abono transporte», con una reducción del 20% del precio de éste en familias numerosas de categoría general, y un abaratamiento del 50% para familias numerosas de categoría especial.
Beneficios en actividades de ocio
* Disfrutarán de preferencia al acceder a actividades de ocio del IMSERSO (en concreto al turismo y al termalismo social) y de una bonificación en las cuotas a abonar. Al mismo tiempo, las familias también se beneficiarán de una reducción del 50% en el precio de entrada a museos estatales, teatros y auditorios que dependan del Instituto Nacional de Artes Escénicas.
BENEFICIOS AUTONÓMICOS Y ESTATALES
Beneficios en materia de impuestos
* Las familias numerosas podrán gozar de desgravaciones en el tramo autonómico de la renta; rebaja del 4 al 7% en el impuesto de transmisiones patrimoniales o una bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Las familias, asimismo, pueden disfrutar de descuentos en la factura.
Descuento en la factura del agua
* Este descuento dependerá de cada Comunidad Autónoma como ya hemos dicho, pero éste puede llegar a ascender hasta un 20%.
Descuento en la factura de la luz
* Para beneficiarse de los descuentos en la factura de la luz tiene que estar en posesión del bono social. Las familias deberán presentar su título de familia numerosa ante su proveedora de electricidad y, automáticamente, se acogerán al bono social.
Abaratamiento en instalaciones deportivas
* Como la factura del agua, la tasa de descuento de esta actividad correrá a cargo de la Administración de la Comunidad Autónoma correspondiente. No obstante, oscila entre un 10 y un 50%.
Beneficios vinculados a las asociaciones
Al mismo tiempo, ciertas asociaciones se encargan de velar por el bienestar social y la calidad de vida de estas familias, como es el caso de la Federación Española de las Familias Numerosas (FEFN), en la que sólo por asociarse se podrán empezar a disfrutar de multitud de ventajas y descuentos.
Esto es posible gracias a que la comunidad ha puesto en marcha el ‘plan +Familia’ consistente en la colaboración con importantes empresas de diferentes sectores, amén del apoyo institucional del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Es un proyecto pionero en Europa y EEUU que reporta importantes ventajas económicas y sociales a las familias.
En concreto, se trata de descuentos en automóviles, alimentación, educación, hogar, alojamiento, libros, moda, ocio, seguros, tecnología, en viajes, cursos de idiomas, y más ventajas.
La vertiente económica ofrecida por el plan se traduce en un ahorro medio de 1.500 euros anuales por familia. En el dorso de la moneda tenemos su cualidad social, que consiste en facilitar a los miembros de las familias numerosas un acceso preferente en la concesión de becas de formación, así como a bolsas de trabajo de empresas colaboradoras.
www.elmundo.es/economia/2015/02/05/54d2057ee2704ea1388b457c.html