El Gobierno establece por ley nuevos tipos de familia, suprime las «familias numerosas» y aprueba nuevos permisos para «cuidados».

El Gobierno establece por ley nuevos tipos de familia, suprime las «familias numerosas» y aprueba nuevos permisos para «cuidados».

La norma diseñada por el ministerio de Ione Belarra amplía la renta crianza y diseña un permiso por horas para situaciones repentinas, pero no logra prohibir el ‘pin parental’ tras la advertencia del Consejo de Estado.

Vicente Coll

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Ha sido una de las normas más lentas de toda la legislatura y que más tensiones ha generado en los últimos tiempos en el corazón del Gobierno, pero al fin ve la luz. La nueva Ley de Familias, aprobada este martes por el Consejo de Ministros, supone uno de los grandes hitos para el ministerio de Derechos Sociales, comandado por la líder de Podemos, Ione Belarra, que busca «ampliar» los derechos de las familias y reconocer la «diversidad» que hoy define la idea de familia.

«El concepto de familia no queda limitado a las familias de origen matrimonial«, señala el texto de la ley, aprobado en el Consejo de Ministros en segunda vuelta y que ahora enfila la senda de la tramitación parlamentaria. Así, la norma se ha diseñado como «respuesta» a la realidad social de nuestro país, con el objetivo de «asegurar la igualdad de derechos de los distintos tipos de familia y la protección de la diversidad familiar» a través de nuevos permisos, equiparaciones o la eliminación de conceptos como el de «familia numerosa», que pasa a estar incluida a partir de ahora en una nueva categoría, llamada «familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza», junto con otros casos.

ONCE NUEVOS TIPOS DE FAMILIA

La norma reconoce la existencia de numerosos de modelos de familia más allá de las tradicionales de origen matrimonial. El CGPJ, según informó este martes EL MUNDO, advierte al Gobierno de que pueden generar «confusión, inseguridad jurídica y desigualdad» y «rebasar el marco constitucional». No obstante, desde el Ejecutivo se asevera que el informe realizado por el CGPJ, que votará su resolución este jueves, está hecho en base a un borrador previo del texto legislativo que ha pasado por el Consejo de Ministros. El ministerio, en su última versión, abogó por once «situaciones familiares», como las familias LGTBI, las familias con miembros con discapacidad,las familias múltiples, las adoptivas, las reconstituidas o las acogedoras, entre otras.

En el recuento que, por su parte, hace el Poder Judicial se incluyen familias biparentales, monomarentales o monoparentales, jóvenes (menores de 29 años), LGTBI homomarentales u homoparentales, familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza, familias en que exista una sola persona progenitora, familias en que existan personas con discapacidad y/o en situación de dependencia, familias múltiples (en las que existen nacimientos, adopciones o acogimientos múltiples), familias en las que se produzcan adopciones o acogimientos, o familias reconstituidas. También familias residentes en el medio rural, familias inmigrantes, transnacionales, interculturales, en el exterior, retornadas, en situación de vulnerabilidad, personas solas, unidas en matrimonio, o parejas de hecho.

«Las personas deben poder formar las familias que ellos decidan, si quieren hacerlo, y deben elegir con quien quieren compartir su vida. Y las instituciones estaremos ahí para acompañarlas, para protegerlas y para apoyarlas», ha expresado al respecto la ministra Belarra.

EQUIPARACIÓN DE PAREJAS DE HECHO

La redefinición de los tipos de familia no es la única novedad que aporta la norma de Derechos Sociales. Uno de los grandes logros de los que presume el departamento de Ione Belarra es la equiparación entre los matrimonios y las parejas de hecho en lo referente al acceso a los 15 días de permiso por registro que hasta la fecha tenían sólo aquellos que habían contraído una unión matrimonial.

Con esta medida, resaltan desde el Ejecutivo, se lograr «culminar prácticamente» la igualdad entre aquellas personas unidas por un matrimonio y las parejas de hecho.

PERMISO DE CINCO DÍAS RETRIBUIDO

Otro de los avances que supone la aprobación de la ley es la introducción de un permiso retribuido de cinco días al año para cuidar de familiares de hasta segundo grado o convivientes, que se podrá utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.

Hay otros permisos: se incluye un permiso parental de ocho semanas, que podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla 8 años. Este permiso, en este caso, no está retribuido.

También se ha diseñado un tercer permiso, útil para casos «de fuerza mayor», explica el ministerio, para atender a un familiar de forma inmediata, a causa, por ejemplo, de una enfermedad repentina o un accidente. Se podrá emplear por horas hasta utilizar un total de cuatro días al año.

AMPLIACIÓN DE FAMILIAS NUMEROSAS

Uno de los puntos más polémicos de la ley ha sido la eliminación del concepto de familia numerosa y la inclusión de esta categoría dentro de una nueva, bautizada como «familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza». Un cambio de denominación que no comparten las familias numerosas, cuyas asociaciones ya han amenazado con manifestarse en contra de la norma.

Con la aprobación del texto pasarán a ser consideradas también de esta manera aquellas familias monomarentales con dos hijos. También las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, así como las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.

Del mismo modo pasarán a considerarse «familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza de categoría especial» las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento. En este rango se incluirá, además, aquellas con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos -hasta el 150% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem)-.

RENTA CRIANZA

Por otra parte, la renta crianza se expande a nuevas situaciones. De este modo, se garantizará de manera estructural la ayuda de 100 euros al mes a familias con hijos hasta los tres años. La ampliación ejecutada por el Gobierno incluye a todas las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no. También a las que, sin reunir los requisitos previamente, coticen 30 días a partir del parto.

NO ELIMINA EL ‘PIN PARENTAL’

No obstante, el principal cambio que incluye esta segunda vuelta de la norma por el Consejo de Ministros es la desaparición en el texto de la prohibición por ley del conocido como pin parental, el mecanismo con el que padres y tutores pueden impedir el acceso a contenidos sobre diversidad familiar en el ámbito escolar y educativo, una propuesta exigida por Vox en Madrid y Murcia. La prohibición ha sido suprimida de la norma después de que el Consejo de Estado se lo recomendara al Ejecutivo en sus informes técnicos.