El Gobierno de Canarias crea la figura del asistente personal de personas dependientes

El Gobierno de Canarias crea la figura del asistente personal de personas dependientes

En el proyecto aprobado, se incluye la posibilidad de que trabajadores autónomos y no sólo empresas podrán ofrecer servicios de dependencia, sobre todo aquellos como la ayuda a domicilio.

EUROPA PRESS – SANTA CRUZ DE TENERIFE

El Gobierno de Canarias ha aprobado el proyecto de Decreto por el que se modifica el reglamento de los centros y servicios dedicados a la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia, que introduce una profesión novedosa como es el asistente personal.

En la rueda de prensa posterior el Consejo de Gobierno, el portavoz del Ejecutivo canario, Martín Marrero, explicó que esta persona ofrecerá a la persona dependiente una atención personalizada. «Esto significa que se profundiza en la promoción de la prevención de la dependencia», señaló.

También indicó que la nueva normativa introduce «significativas mejoras». Así, en relación a los servicios se incluye la posibilidad de que trabajadores autónomos y no sólo empresas podrán ofrecer servicios de dependencia, sobre todo aquellos como la ayuda a domicilio.

Además, a través de este decreto, los servicios como el de teleasistencia y ayuda a domicilio son definidos de forma más pormenorizada.

En relación a los centros, el Decreto amplía su definición no sólo para las personas dependientes, sino también para personas no dependientes, es decir, personas que por su situación personal o familiar se encuentren solas y necesiten residir en un centro.

También se amplía la figura de los centros ocupacionales, que hasta ahora sólo ofrecían servicios para personas con discapacidad y que ahora e incluye a las personas mayores.

La norma aprobada hoy flexibiliza y permite las acreditaciones temporales parciales, de manera que los centros y servicios podrán ser objeto de una acreditación temporal parcial respecto a instalaciones que sean una unidad organizada, diferenciada e individualizada.

El portavoz aclaró que la vigencia de estas acreditaciones parciales no podrá superar los cinco años desde su resolución, a fin de posibilitar al promotor en dicho plazo la adecuación de la totalidad de las instalaciones de los centros y servicios.

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