18 Dic La sanidad: derechos en el papel, barreras en la realidad
El acceso a una sanidad pública de calidad es un derecho universal garantizado en las leyes. Sin embargo, para que este derecho sea real, es necesario que la población lo conozca y sepa cómo ejercerlo en la vida cotidiana. Lamentablemente, aunque las leyes en Castilla y León reconocen derechos fundamentales en salud, existen barreras significativas para su ejercicio efectivo. La situación es especialmente preocupante en el medio rural, donde vive el 50% de la población, en una región envejecida y con enormes retos de accesibilidad para la igualdad de condiciones.
El Derecho a la Información de Salud y el Acceso a la propia Historia Clínica no se materializa sin más, ya que tienden los profesionales a no proporcionar en soporte papel los resultados de los análisis, informes o pruebas, si no se solicitan. Tenemos derecho a conocer nuestra historia clínica, que registra diagnósticos, tratamientos y seguimientos. Sin embargo, en Castilla y León, la ley solo garantiza su conservación durante cinco años. Esta limitación temporal dificulta el acceso a un historial completo, especialmente para los pacientes con enfermedades crónicas y para las personas mayores, que necesitan un seguimiento a largo plazo. Para ejercer este derecho y recabar la información de atención primaria y de especialidades, es necesario solicitarla expresamente, ya sea por correo electrónico (atepac.hvcn@saludcastillayleon.es) o de forma presencial, utilizando el modelo de solicitud y presentando el DNI. Luego habrá que desplazarse de nuevo días después para recogerla. En la sociedad de la tecnología, no se facilita un modelo de solicitud en formato digital, lo que obliga a los pacientes a trasladarse varias veces al hospital o al centro de especialidades solo para obtener su propia información de salud.
En cuanto al Derecho a la Elección de Centro y de Especialistas, aunque la legislación reconoce el derecho a elegir, en la práctica, este derecho es extremadamente limitado y difícil de ejercer. La organización y disponibilidad de recursos en cada centro y área sanitaria restringen significativamente esta posibilidad, especialmente en el medio rural, donde el derecho queda en gran medida en papel mojado. Se asignan el centro de atención y los especialistas según proximidad, y no se facilita el cambio a otro especialista en otro centro. Sin embargo, sigue siendo un derecho y se puede ejercer. Para solicitar un cambio de especialista, porque no todos son buenos profesionales o no siempre aciertan en el diagnóstico, es necesario presentar una solicitud por registro a la Gerencia de Asistencia Sanitaria en cada provincia, explicando los motivos, ya que no existe un modelo normalizado. Tampoco es sencillo ejercer el derecho a una segunda opinión sobre el diagnóstico o tratamiento en el que el paciente tenga dudas. Esto requiere una solicitud en el hospital de referencia con los informes médicos pertinentes, pero no existe un modelo disponible en internet, lo cual nuevamente obstaculiza el proceso.
Respecto a los Tiempos de Espera Prolongados o listas de espera, la legislación indica un plazo máximo de seis meses para intervenciones quirúrgicas programadas, dos meses para consultas externas y 30 días para pruebas diagnósticas. Estos plazos se ven constantemente superados debido a la saturación y la falta de recursos en los hospitales públicos. Además, estos tiempos de espera no cuentan el periodo desde que el médico de atención primaria solicita la intervención hasta que se asigna una cita en la lista de espera, lo cual puede añadir meses de espera adicionales. Para hacer efectivo este derecho, el paciente puede solicitar que se le atienda en otro centro, ya sea público o concertado, una vez haya superado los plazos estipulados, siendo responsabilidad del sistema de salud gestionar esta derivación sin coste adicional para el paciente.
Con un 28% de personas mayores, Castilla y León afronta además el reto de las largas listas de espera, especialmente en especialidades como neurología, que resultan críticas para la valoración de la dependencia. Este retraso limita el acceso a cuidados esenciales y supera todos los límites establecidos, afectando especialmente a la población envejecida y rural que depende de la sanidad pública. Para muchos, conocer y ejercer estos derechos es complejo y, en ocasiones, inaccesible, lo que demanda un compromiso mayor en la defensa y mejora de una sanidad pública que no puede resignarse a una devaluación gradual que oriente a la población hacia la sanidad privada.