30 Ene BALANCE DE LA LEY DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA
El primer balance de la aplicación de la Ley de atención a la Dependencia arroja datos importantes que muestran las diferencias entre las asignaciones de recursos y prestaciones económicas en las distintas Comunidades Autónomas como se puede observar en el gráfico 9 que forma parte del informe de Participación de la Administración en el desarrollo de la Ley, hecho público recientemente
Se puede observar como los cuidados familiares son una de las opciones más elegidas, en la mayoría de las Comunidades Autónomas, exceptuando Castilla y León, Extremadura o Valencia, según datos de dictámenes a diciembre de 2008. 54.905 castellano-leoneses han solicitado la Ley, siendo 49.127 lo que cuentan con dictamen, (grado y nivel) y solamente 33.774 son los perceptores de los servicios o ayudas. En Castilla y León 13.162 son ayudas para el cuidado familiar y 14.054 son servicios residenciales. 2.083 son servicios de centro de día y 2.271 corresponden al servicio de ayuda a domicilio.
A pesar de la priorización de los servicios frente a las ayudas económicas, el gráfico nº 10 muestra la evolución de los servicios y prestaciones. Las personas mayores han manifestado siempre que se les ha preguntado, que no desean residir en las residencias y así se refleja en la tendencia de sus demandas. Bajan los servicios residenciales y crecen las prestaciones económicas de cuidado familiar y en el domicilio.
Además del informe mencionado se ha publicado en estos días, otro realizado por expertos que avanzan algunas recomendaciones para mejorar el funcionamiento de la Ley. Recomiendan, que la Administración debería promover en el Consejo Territorial del SAAD donde participan todas las Comunidades Autónomas, el desarrollo de un catálogo común de servicios más extenso que el actual, que incluya estándares de intensidad (número de horas, días) y calidad (nº trabajadores, perfil, tipo de instalaciones), como elementos básicos sobre el que realizar una estimación fiable del coste real del Servicio de Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). La no ampliación del catálogo y la falta de regulación, conlleva la existencia de grandes diferencias de la aplicación de la Ley en las diferentes Comunidades Autónomas, y por ello no se ha logrado contar con una Ley que beneficie a todos por igual.
Un ejemplo abrumador de las diferencias, es el tiempo que puede transcurrir, según las distintas legislaciones autonómicas publicas, desde que se inicia el procedimiento de solicitud de valoración de la dependencia, hasta que se aprueban los servicios o se aprueban las prestaciones económicas. Hemos de tener en cuenta que son las Comunidades Autónomas las que tienen competencias en esta materia y por tanto son las responsables de su puesta en marcha y su aplicación.
TIEMPO REGULADO PARA APROBACIÓN DE LAS PRESTACIONES
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CC.AA Nº Resoluciones Plazos Máximos Plazo Máximo
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Andalucía 2 Resoluciones 3 meses y 3 meses 6 meses
Aragón 2 Resoluciones 3 meses y 3 meses 6 meses
Asturias 2 Resoluciones 4 meses y x PIA 4 meses ++
I. Baleares 1 Resolucion 3 meses y 3 meses 6 meses
Canarias 2 Resoluciones 3 meses y 2 meses 5 meses
Cantabria 2 Resoluciones 6 meses y 6 meses 12 meses
C. Mancha 2 Resoluciones 6 meses y 3 meses 9 meses
C. León 2 Dictamen Y Resolución 6meses y 6 meses 12 meses
Cataluña Sin regular procedimiento 6 meses y 6 meess 12 meses
Extremadura Sin regular l procedimiento 6 meses y 6 meses 12 meses
Galicia 2 Resoluciones 6 meses y 6 meses 12 meses
La Rioja 1 Resoluciones 6 meses 6 meses
Madrid 2 Resoluciones 6 meses y 3 meses 9 meses
Murcia Sin regular l procedimiento 12 meses
Navarra 2 resoluciones 3 meses y 3 meses 6 meses
PV- Alava 2 Resoluciones 3 meses y 3 meses 6 meses
PV-Guipúzc Sin regular 2 Rs 6 meses y 3 meses 9 meses
P.V. Vizcaya 1 Resoluciones 6 meses 6 meses
C. Valenciana2 Resoluciones 6mes y 3 meses 9 meses
Ceuta 2 Resoluciones 3 meses y 1 mes 4 meses
Melilla 2 Resoluciones 3 meses y 1 mes 4 meses
Entre las recomendaciones que ofrecen los expertos y que compartimos destacamos el recorte del tiempo que transcurre desde que se inicia el procedimiento de SOLICITUD por parte del interesado hasta que se disfruta del servicio o la prestación económica. Este plazo además de ser diferente en cada Comunidad Autónoma, es mayor aún de lo que figura en el cuadro. Son muchas las personas que sufren dependencia que fallecen en el transcurso de este plazo que han sido cuidadas por familiares y las administraciones dificultan en exceso el pago de las prestaciones al cuidador/es. En Castilla y León el derecho nace el día siguiente a la entrega de la solicitud y la documentación, en la Delegación Territorial de cada provincia. Por ello es importante registrar la solicitud en el registro oficial.