30 Mar Ahora, el alquiler.
La suspensión temporal del pago liberará rentas a colectivos afectados por la crisis.
El País
El Gobierno pretende redondear su plan de choque para combatir el colapso bastante generalizado de la economía causado por el coronavirus con dos decisiones de suma importancia para los afectados. La primera es aplicar una suspensión del pago de los alquileres de la que se beneficiarían las personas consideradas como “vulnerables”, es decir, las afectadas por los expedientes de regulación de empleo o reducción de jornada, además de un amplio grupo de autónomos abocados a la suspensión o cierre de sus negocios. El Gobierno ya aprobó una moratoria en el pago de hipotecas, pero el plan de contención social de la crisis quedaría ostensiblemente incompleto sin ayudar de forma directa a los ciudadanos que viven en régimen de alquiler, entre los cuales se encuentran, sobre todo, jóvenes profesionales y familias que no disponen de recursos para adquirir una vivienda. La segunda medida será la aprobación de una renta básica mínima para los damnificados por la crisis vírica que, si se diseña bien, podría ser el germen de una renta básica estable.
Dado el peso de la vivienda en el presupuesto mensual de una familia, más elevado en España que en otros países europeos, una suspensión temporal de las mensualidades tendría como principal efecto el de liberar recursos para dedicarlos a otros gastos más perentorios en un momento tan crítico como el actual. La decisión, contundente aunque limitada, no es tan sencilla como parece e invita a la cautela en el diseño de las ayudas. La vicepresidenta Nadia Calviño ha argumentado, no sin razón, que la suspensión podría provocar un descenso de las rentas de los propietarios privados de las viviendas alquiladas. Ese impacto sería mínimo en los grandes fondos que controlan el mercado del alquiler, pero podría dañar innecesariamente a los propietarios modestos. El debate no puede zanjarse más que reafirmando dos prioridades básicas. La primera es la de hacer frente ante todo y sobre todo a la crisis sanitaria; la segunda, la de que hay que minimizar los daños sociales producidos por el colapso parcial de la economía. Ambas deben conjugarse con el reconocimiento de que los arrendadores deberán ser compensados por la pérdida de sus ingresos. Es probable que el Gobierno opte por aplicar una compensación progresiva, que irá descendiendo en proporción al número de viviendas alquiladas del propietario. Hay que hilar muy fino.
Pero no basta con aprobar ayudas y compensaciones cuya aplicación posterior resulta dificultosa o llega tarde para cumplir los fines propuestos. La liberación de rentas a los colectivos afectados debe notarse con rapidez y, en la medida de lo posible, tiene que ser de tramitación sencilla. Si se cumplen los pronósticos sobre la duración de la pandemia, los daños económicos más acusados se concentrarán en un periodo relativamente corto, que dará paso a una recuperación de ritmo todavía incierto y quizá parcial. Por tanto, los afectados deberían acceder a la cancelación sin demasiados trámites administrativos iniciales. En estos casos, es mejor recurrir a los controles exhaustivos a posteriori antes que bloquear un gasto público vital. No está de más recordar que si el Gobierno decide la suspensión, sería defraudar el espíritu de la norma proceder después, cuando cese el estado de alarma, a una subida disparatada de los alquileres.
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