Reforma de la ley de dependencia: los condenados por delito sexual no podrán trabajar en residencias.

Reforma de la ley de dependencia: los condenados por delito sexual no podrán trabajar en residencias.

Según el borrador del Anteproyecto de ley que reformará las leyes de dependencia.

2024. 65Ymás

Raúl Arias

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El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 quiere que los trabajadores de residencias de mayores en situación de dependencia o de personas con discapacidad estén obligados a acreditar que no tienen antecedentes por delitos sexuales, según el borrador del Anteproyecto de ley que reformará las leyes de dependencia y discapacidad; un requisito que ya se pide actualmente para trabajar con menores, tal y como establece la Ley de protección a la infancia frente a la violencia.

Según el texto del borrador de Anteproyecto al que ha tenido acceso la agencia Europa Press, “será requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas con discapacidad y/o en situación de dependencia” el “no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales” así como por cualquier delito de trata de seres humanos.

A tal efecto, añade que “quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales”.

Así se recoge en el borrador del “Anteproyecto de Ley por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, para la extensión y refuerzo de los derechos de las personas con discapacidad a la inclusión, la autonomía y la accesibilidad universal conforme al artículo 49 de la Constitución Española”.

El texto, que tiene 36 páginas y está fechado el 5 de noviembre, incluye que las comunidades autónomas deberán establecer “sistemas de alerta y respuesta rápida ante posibles casos de mala praxis, falta de buen trato, discriminación o limitación de derechos” y que los resultados de las inspecciones deberán ser publicados.

También modifica la ley anterior en lo referido a la obligación de las Comunidades Autónomas de establecer procedimientos de coordinación sociosanitaria, para precisar que estos mecanismos deben “garantizar una atención integral que dé respuesta a aquellas situaciones de las personas en situación de dependencia que requieran una atención complementaria y sinérgica de los servicios sanitario y social” y garantizar el acceso a la atención sanitaria de todas las personas en situación de dependencia “en igualdad de condiciones que el resto de la ciudadanía sea cual sea su lugar de residencia”.

Por otro lado, según figura en el texto, la violencia de género, el aislamiento social o circunstancias habitacionales, de accesibilidad o de salud, serán considerados factores para tramitar por vía de urgencia el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia.

Teleasistencia

Asimismo, de acuerdo con el borrador del anteproyecto, la asistencia personal dejará de ser una prestación económica vinculada a servicio y pasará a estar recogida en el Catálogo de servicios de promoción de la autonomía y atención a la dependencia. Igualmente, se incluye la teleasistencia para “todas las personas en situación de dependencia”.

También se añaden al catálogo el ‘Servicio de cuidados y apoyos en viviendas’ y el ‘Servicio de provisión de productos de apoyo para la autonomía personal’, que se suman al servicio de ayuda a domicilio, centros de día o residencia, entre otros.

Todo ello está en línea con los principios en los que Derechos Sociales quiere que se inspire esta ley como “el respeto a la libertad de elección, la voluntad, preferencias y autodeterminación de las personas en situación de dependencia” y la “personalización de los cuidados”.

En cuanto al servicio de cuidados y apoyos en viviendas, en el texto aparecen recogidas dos modalidades. Una de ellas es en una vivienda en la que conviven un número reducido de personas en situación de dependencia, ubicada en un entorno comunitario de viviendas ordinarias, con un modelo de convivencia participativo y consensuado entre las personas que conviven y con los servicios de alojamiento y manutención incluidos.

La otra modalidad consiste en viviendas dignas y adecuadas que formen parte de un equipamiento de carácter colectivo, ubicado en un entorno comunitario, y con servicios de cuidados comunes a todas las viviendas. El servicio de alojamiento no se incluirá en esta modalidad de prestación y en cada vivienda podrán convivir con la persona en situación de dependencia, personas allegadas o cuidadoras a propuesta de esta, según el texto.

Respeto a las preferencias del beneficiario

Además, según el borrador, las residencias deberán convertirse en un entorno de “confianza y bienestar, hogareño, inclusivo, accesible y con plena participación en la comunidad” con la prestación de los apoyos necesarios “para el desarrollo de un proyecto de vida independiente y con significado, poniendo en el centro de la atención sus preferencias, derechos e intimidad”.

Por otro lado, se suprime el artículo referido a la incompatibilidad de las prestaciones y se añade uno nuevo en el que se recoge el servicio de productos de apoyo –dispositivos, programas informáticos o equipamientos– mediante un sistema de préstamo o de cesión temporal.

Igualmente, se modifica el artículo que hace referencia al Programa Individual de Atención (PIA) para incidir en que se deberá establecer “de acuerdo con la persona en situación de dependencia” mediante “un trámite de consulta previa” y se precisa que, en los casos en los que la propuesta de los servicios sociales no coincida con las preferencias del beneficiario, estos deberán “justificarlo motivadamente y acreditar que previamente han agotado todas las opciones que permitan respetar dicha voluntad”.

En cuanto a la determinación de la capacidad económica, se añade un nuevo artículo en el que se establece que en la consideración del patrimonio se tendrán en cuenta la edad del beneficiario y el tipo de servicio que se presta y no se tendrá en cuenta la vivienda habitual.

Asimismo, sobre los criterios para la determinación de la participación de las personas beneficiarias en el coste de los servicios, el borrador del anteproyecto contempla, por ejemplo, en el caso de las residencias, garantizar “una cantidad mínima para gastos personales destinada a favorecer el bienestar físico y emocional”.

Además, se amplía la aplicación de la escala de valoración específica (EVE) de los tres hasta los seis años.

Por otra parte, el anteproyecto de ley recoge el derecho de las personas en situación de dependencia “a recibir una atención libre de sujeciones, ya sean estas físicas, mecánicas o farmacológicas, y de restricciones”, solo permitiéndose “en casos excepcionales, cuando concurra peligro inminente para la vida” y con un procedimiento documentado.

Asimismo, se añade un artículo en el que se reconoce el derecho de las personas cuidadoras no profesionales a recibir apoyos, asesoramiento y formación; a recibir información, en términos comprensibles y accesibles, sobre las prestaciones disponibles y a que se les facilite la conciliación la vida personal, familiar y laboral.

También contempla la posibilidad de establecer espacios de exención regulatoria en los que se desarrollen, a través de proyectos piloto, nuevas modalidades alternativas de servicios de cuidados.



Arrugas (2011)
Emilio, un antiguo ejecutivo bancario, ingresa en una residencia de mayores tras comenzar a manifestar los primeros síntomas de Alzheimer. Allí conoce a Miguel, un residente ingenioso y de carácter despreocupado, con quien entabla una estrecha amistad. Cuando la enfermedad de Emilio avanza, Miguel y otros residentes intentan ayudarle para evitar que sea trasladado a la planta destinada a las personas con mayor necesidad de cuidados. A través de su convivencia, la película retrata la amistad, los cuidados y la vida cotidiana en una residencia desde una mirada cercana y humana.
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Ignacio Ferreras
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Drama

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España
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89 min
El exótico Hotel Marigold (2011)
El exótico Hotel Marigold cuenta la historia de un grupo de jubilados británicos que viajan a la India para comenzar una nueva etapa de su vida en lo que creen que será un hotel recién renovado. Al llegar a Bangalore, descubren que la realidad no es exactamente la que esperaban y las diferencias culturales pronto les plantean diversas dificultades. Sin embargo, poco a poco, el Hotel Marigold y su entorno acaban transformándose en un lugar que les ofrece nuevas experiencias y formas de entender la vida.
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John Madden
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Comedia dramática

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Reino Unido
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124 min
Elsa y Fred (2005)
Elsa (China Zorrilla) es una mujer mayor, optimista y llena de vitalidad, que disfruta de la vida y persigue sus sueños. Cuando conoce a Fred (Manuel Alexandre), un viudo recién instalado en el mismo edificio, comienza una relación marcada por sus diferencias de carácter y forma de entender la vida. A medida que pasan tiempo juntos, ambos descubren nuevas maneras de afrontar la vejez, superar el pasado y disfrutar del presente. La película aborda temas como el amor en la madurez, la ilusión y la importancia de aprovechar cada etapa de la vida.
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Marcos Carnevale
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Comedia dramática / romance

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Argentina / España
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108 min
Gran Torino (2008)
Walt Kowalski (Clint Eastwood), un veterano de la guerra de Corea y trabajador jubilado de la industria del automóvil, acaba de enviudar y vive solo en un barrio de Detroit en plena transformación. Es un hombre solitario, de carácter duro y con dificultades para aceptar los cambios sociales y culturales de su entorno. Su vida da un giro cuando su joven vecino intenta robar su coche, un Gran Torino de 1972. A partir de este encuentro surge una relación inesperada que cambiará su forma de entender a las personas que lo rodean.
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Clint Eastwood
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Drama

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EE.UU.
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116 min
Paseando a Miss Daisy (1989)
Daisy Werthan (Jessica Tandy), una viuda de 72 años, pierde parte de su independencia tras sufrir un pequeño accidente con el coche. Aunque al principio rechaza la idea de dejar de conducir, su hijo decide contratar a Hoke Colburn (Morgan Freeman) como chófer. La relación entre ambos comienza con cierta desconfianza, pero, con el paso de los años, desarrollan una profunda amistad marcada por el respeto mutuo, el apoyo y los cambios que ambos afrontan a lo largo de sus vidas. La película retrata el envejecimiento, la autonomía y las relaciones humanas en el contexto del sur de Estados Unidos durante varias décadas.
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Bruce Beresford
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Drama / comedia

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EE.UU.
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99 min
UP (2009)

Carl Fredricksen, un hombre de 78 años, decide emprender el viaje que había planeado durante toda su vida junto a su esposa fallecida. Para ello, hace volar su casa gracias a miles de globos de helio y parte hacia América del Sur. Sin embargo, su plan se complica cuando descubre que viaja acompañado por Russell, un joven explorador que aparece inesperadamente en su aventura. Juntos emprenden un viaje que los lleva a atravesar distintos obstáculos y situaciones inesperadas.

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Pete Docter y Bob Peterson
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Animación / aventura

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EE.UU.
🕐
96 min
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