Pensión de incapacidad permanente absoluta: ¿cuál es la edad límite para poder percibirla?.

Pensión de incapacidad permanente absoluta: ¿cuál es la edad límite para poder percibirla?.

Es necesario cumplir una serie de requisitos.

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Las personas que, por enfermedad o accidente, vean anulada o reducida su capacidad laboral, pueden optar a la pensión por incapacidad permanente. Esta prestación económica, que concede la Seguridad Social, tiene en cuenta los diferentes grados que existen dentro de la incapacidad permanente (parcial, total, absoluta y gran invalidez) lo que a su vez determina la cuantía que recibirá mensualmente el beneficiario.

En el caso de la incapacidad permanente absoluta, es aquella que «inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio«, según recoge la Seguridad Social, que recuerda que podrán beneficiarse de esta prestación «las personas incluidas en el Régimen General, cualquiera que sea la contingencia que la origine», y siempre que reúnan una serie de requisitos.

Requisitos necesarios

Uno de los principales requisitos para poder percibir la pensión de incapacidad permanente absoluta es no tener la edad prevista para poder acceder a la pensión de jubilación, que recoge el artículo 205 de la LGSS, en el momento del hecho causante. También será posible seguir percibiéndola siempre y cuando no se reúnan los requisitos exigidos para acceder a la pensión de jubilación contributiva, si la incapacidad deriva de contingencias comunes.

Por otra parte, será necesario estar afiliados y en situación de alta, asimilada a la de alta o en situación de no alta. Cabe destacar que, cuando la incapacidad se derive de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, «los trabajadores se considerarán de pleno derecho afiliados y en alta, aunque el empresario haya incumplido sus obligaciones». También se considerará situación de alta especial la huelga legal o cierre patronal, añaden.

Asimismo, los posibles beneficiarios tendrán que tener cubierto un periodo previo de cotización, dependiendo de si la incapacidad permanente deriva de enfermedad común o de accidente no laboral, y si se encuentran en situación o no de alta o asimilada.