Dependencia Madrid

MADRID

1. ¿Qué es la dependencia?

2. ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las prestaciones de ayuda a la dependencia?

3. ¿Qué requisitos hay que cumplimentar para ser beneficiario?

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Tipos de Servicios

Tipos de Prestaciones Económicas

Decreto 88/2002, de 30 de mayo, por el que se regula la prestación de Ayuda a Domicilio del Sistema de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

 

Orden 349/2010, de 3 de marzo, por la que se autoriza a la Dirección General de Coordinación de la Dependencia a aprobar las cuantías máximas de las prestaciones económicas del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad de Madrid.

 

Orden 895/2013, de 3 de julio, del Consejero de Asuntos Sociales, por la que se encomienda al Organismo Autónomo Servicio Regional de Bienestar Social realizar la valoración de la situación de dependencia de personas usuarias de sus centros.

 

Decreto 54/2015, de 21 de mayo, por el que se regula el procedimiento para reconocer la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad de Madrid.

 

Corrección de errores del Decreto 54/2015, de 21 de mayo, por el que se regula el procedimiento para reconocer la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad de Madrid.

 

Resolución 3699/2015, de 19 de noviembre, de la Dirección General de Atención a la Dependencia y al Mayor, por la que se aprueban los modelos normalizados previstos en el Decreto 54/2015, de 21 de mayo, por el que se regula el procedimiento para reconocer la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad de Madrid.

 

Resolución 2580/2016, de 5 de octubre, de la Dirección General de Atención a la Dependencia y al Mayor, por la que se aprueba el modelo normalizado de solicitud de traslado interautonómico de expediente de reconocimiento de la situación de dependencia.

 

Resolución 106/2022, de 12 de enero, de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia, por la que se fija, para el año 2022, el importe mensual que deben aportar los ocupantes de plazas financiadas parcialmente por la Comunidad de Madrid en residencias para mayores.

Se pueden consultar en este enlace el IMSERSO los últimos datos mensuales relativos a la gestión del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, realizada por los distintos órganos gestores de las CCAA y Direcciones Territoriales del IMSERSO de Ceuta y Melilla.

Desde la web de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid se puede encontrar información relativa a la solicitud de la situación de dependencia. La oficina de información se encuentra en la Calle Agustín de Foxá, 31, solamente atenderá con cita previa que se podrá solicitar en los teléfonos: 91 392 56 04 y 91 392 56 10.