El Cermi propone una legislación autonómica sobre la reserva de contratos públicos para Centros Especiales de Empleo

El Cermi propone una legislación autonómica sobre la reserva de contratos públicos para Centros Especiales de Empleo

Servimedia (21/10/2010)

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha propuesto un modelo de legislación autonómica sobre la reserva de contratos públicos a favor de Centros Especiales de Empleo (CEE), como medida de fomento de empleo para las personas con discapacidad.

Para el Cermi, a fin de promover la contratación pública en los Centros Especiales de Empleo, «se considera necesario establecer, con carácter legal, una reserva mínima de contratos a dichas entidades, lo cual tendrá un importe mínimo obligatorio del 6% del importe de los contratos adjudicados en el ejercicio presupuestario inmediatamente anterior».

Por tanto, la plataforma de la discapacidad considera que «los órganos de contratación de cada comunidad autónoma, así como de sus organismos autónomos y de sus entidades dependientes, deberán reservar la participación en los procedimientos de adjudicación de contratos a Centros Especiales de Empleo, siempre que éstos sean de iniciativa social y sin ánimo de lucro». Asimismo, destaca que «los anuncios de licitación de los contratos objeto de esta reserva deberán mencionar expresamente esta disposición».

«El grupo social de las personas con discapacidad debe ser objeto de una protección preferente por parte de las Administraciones Públicas, y una de las maneras de fomentar la creación de empleo para las personas con discapacidad es a través de la contratación pública de estos Centros Especiales de Empleo», resalta el comité.

Además, recuerda que «la vigente Ley de Contratos del Sector Público establece la posibilidad de que se establezca una reserva de participación en los procedimientos de adjudicación a los Centros Especiales de Empleo».

«Esta norma no establece una obligación imperativa de reservar contratos a Centros Especiales de Empleo, sino la posibilidad de que los órganos de contratación establezcan dicha reserva», añade.

Sin embargo, «resulta muy positivo que tal reserva de contratos adquiera un carácter algo más preceptivo, al menos en un porcentaje mínimo, lo que podría perfectamente producirse si los propios órganos de contratación se obligaran a ello en virtud de la potestad que la ley les otorga».

«Uno de los sectores con especiales dificultades de inclusión es el de las personas con discapacidad, debiendo tenerse en cuenta las dificultades que en muchas ocasiones tienen estas personas para acceder a un puesto de trabajo digno y de calidad», afirma.

Así, a estos efectos, «cobran especial relevancia los Centros Especiales de Empleo, los cuales desarrollan una evidente función social al tener como objetivo fundamental el emplear a personas con discapacidad». «Estos centros desempeñan un papel fundamental para evitar la exclusión social atendiendo a numerosas personas con discapacidades», según el Cermi.

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